Bonificaciones de las mujeres reincorporadas después de la maternidad

PREGUNTA

¿Se deben mantener las bonificaciones aplicadas a las mujeres reincorporadas tras su baja maternal después de la entrada en vigor de la Ley 3/2012?

Sector de actividad de la empresa que efectúa la consulta: COMERCIO DEL METAL

RESPUESTA:

A partir del 01/08/2012 las empresas no pueden seguir aplicándose dicha bonificación.  

La justificación a nuestra respuesta la encontramos en la disposición derogatoria única apartado f) de la Ley 3/2012 de Medidas urgentes para la reforma del mercado laboral donde establece que queda derogado el artículo 4.2 de la Ley 43/2006 de 29 de diciembre para la Mejora del Crecimiento y el empleo.

En el citado artículo 4.2 se establecía que las mujeres con contrato indefinido, que tuvieran el contrato suspendido por maternidad o bien por excedencia por guarda legal, que se reincorporen efectivamente al trabajo en los dos años siguientes  a la fecha del inicio del permiso de maternidad darán derecho a la empresa a aplicarse una bonificación de 1.200€ anuales.

La derogación normativa impuesta por la Ley 3/2012 impide seguir aplicando dicha bonificación a las mujeres reincorporadas a la trabajo después de la baja maternal.

NORMATIVA APLICADA:

Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.

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