Breve apunte del contenido de Seguridad Social y Laboral en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014

A continuación se detallan las normas que afectan a la Seguridad Social y al ámbito laboral que resultan de mayor interés en general.

 

1) EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL

 Laver ConsultoresPensiones e integración en el Sistema

En consonancia con el texto del Proyecto de Ley reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social, establece para 2014 el incremento o revalorización mínima que aquélla permite, esto es, un 0,25%.

Para las pensiones de Seguridad Social, se establece una cuantía máxima de 2.554,49 euros íntegros mensuales y 35.762,86 anuales, y mínima de 7.080,73 euros anuales.

La cuantía de las pensiones de jubilación e invalidez no contributivas asciende a 5.112,60 euros íntegros anuales, manteniéndose invariable el complemento de 525 euros anuales por vivienda. Y la cuantía de pensiones del SOVI no concurrentes con otras, a 5.667,20 euros (5.504,80 euros si concurre con pensiones de viudedad).

Se aplaza la regulación de un incremento en la pensión de viudedad de las personas mayores de 65 años al 60% de la base reguladora, que estaba previsto llevarse a cabo de forma progresiva a partir de 2012 y que ya se aplazó con la Ley PGE 2012, así como la ampliación de la duración del permiso de paternidad que se deja para 2015.

Se aplazan asimismo los efectos de la D.A. 58ª de la Ley General de la Seguridad Social (LA LEY. 2305/1994) (que debía entrar en vigor el 1-1- 2014), conforme a la cual la protección frente a las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales sería obligatoria para todos los trabajadores que causasen o hubiesen causado alta en cualquier régimen de la Seguridad Social a partir del 1-1-2013.

      

Cotizaciones

Las cotizaciones sociales para 2014, se actualizanLaver Consultores y aumenta en un 5% el tope máximo de la base de cotización. Destacan los siguientes datos:

       • Base de cotización máxima Régimen General y Autónomos: 3.597,00 euros/mes

       Empleados de hogar: Las bases de cotización se determinarán actualizando las retribuciones mensuales y las bases de cotización de 2013 en la misma proporción en que se incremente el SMI.

Las reducciones de cuotas en este régimen en caso de contratos posteriores a 2012 y de familias numerosas, no se aplicarán cuando los empleados de hogar presten servicios durante menos de 60 horas mensuales, y, por tanto, asuman el cumplimiento de las obligaciones en materia de Seguridad Social.

Se mantiene la reducción del 50% en la cotización empresarial en los supuestos de cambio de puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural, así como en caso de enfermedad profesional.

Se prevé la aplicación de los fondos provenientes de la cuota de formación profesional a la financiación de la formación profesional para el desempleo, en términos similares a los recogidos para el ejercicio 2013.

Se modifica la tarifa de primas para la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

2) EN MATERIA LABORAL

Aspectos económicos relacionados

El interés legal del dinero se establece en un 4%, y el interés de demora en un 5%.

El IPREM queda fijado en la misma cuantía que para el ejercicio anterior.

Se regula el apoyo a los jóvenes emprendedores, previéndose una aportación de dinero para su financiación y para la puesta en marcha de proyectos empresariales promovidos por aquellos y PYME’s del sector de las TIC.

Índice de Contenidos del Artículo

Categorías