Gestión de impagados y morosidad
Gestionamos y recuperamos tus impagos mediante procedimientos judiciales rápidos
Gestionamos y recuperamos tus impagos mediante procedimientos judiciales rápidos
La reclamación de deudas procedentes de impagos es una de las principales preocupaciones para muchas empresas y autónomos. Por ello, desde Laver queremos ayudarte con el cobro de cualquier tipo de factura impagada o deuda que afecte a tu negocio.
Si llegaste hasta aquí, no te vayas con dudas o inquietudes.
Te ofrecemos una orientación gratuita con nuestros gestores para poder ayudarte.
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¿Por qué es necesaria la acción judicial?
Algunas veces, una reclamación realizada por un abogado, previa a la demanda judicial, da como resultado el pago de la deuda. Pero en la mayoría de las ocasiones, hay que acudir a la vía judicial, a través de juicio monitorio, para obtener la satisfacción de nuestro créditos.
¿En qué consiste el proceso monitorio?
El proceso más rápido y menos costoso es el PROCESO MONITORIO, consistente en demanda requerimiento de pago judicial en un plazo de 20 días hábiles, siempre que estemos seguros que la deuda está documentada, justificada y que no sea objeto de controversia. A esta reclamación además de la deuda, en muchas ocasiones prospera la reclamación de los intereses moratorios fijados por el Banco Central Europeo Ley 3/2004 de 29 de diciembre modificada por la Ley 15/2010 de 5 de julio, desde el momento del impago.
Es muchas ocasiones el proceso monitorio termina bien con el cobro de la deuda, bien con una acuerdo transaccional de pago aplazado que una vez homologado por el juzgado es ejecutivo en caso de incumplimiento.
¿Qué sucede si el monitorio no prospera?
En otras y si las relaciones comerciales son complejas y la documentación no está clara, seguramente se opondrá al proceso monitorio, dando lugar a un procedimiento en función de la cuenta: VERBAL (hasta 6.000 €) y ORDINARIO (a partir d 6.000 €), procedimientos (siempre que sean superiores a 2.000 €) que cuando se obtiene una resolución estimatoria para el acreedor, lleva aparejada la imposición de costas e intereses al deudor.