Han cambiado los requisitos para acreditar y solicitar el cese a la actividad de autónomos

Prórroga de las medidas especiales aplicables en situaciones de vulnerabilidad

Le informamos que el Real Decreto 21/2021 de 26 de octubre, que entrará en vigor el 28 de octubre, prorrogará las medidas especiales aplicables a situaciones de vulnerabilidad relacionadas con el suministro de agua, luz y gas natural, y vivienda hasta el 28 de febrero del próximo año. Se intenta prevenir la violencia de género, pero también se introducen cambios que afectan al bienestar de los autónomos que se ven obligados a cesar temporal o definitivamente sus actividades por causas de fuerza mayor, y se han formulado nuevas medidas en beneficio de estos autónomos. Los afectados por la erupción volcánica de la isla de la Palma, pueden acogerse a estas nuevas medidas si aún no se habían podido acoger a las reguladas en el Real Decreto-Ley 18/2021.

Medidas relativas a la suspensión de las actividades de los autónomos

Mediante la modificación de la Ley General de Seguridad Social (LGSS), en caso de fuerza mayor, se estipula el método para determinar la suspensión de las actividades de los autónomos en el caso de suspensión temporal o definitiva de las actividades económicas o profesionales. Al respecto, se determina:

  • Si el cese de actividad es definitivo deberá presentarse una solicitud de baja en el censo fiscal de Empresarios, Profesionales y Retenedores, y  la baja en el régimen especial de Seguridad Social del solicitante. Si la actividad requiere autorización o permiso administrativo, se adjuntará con el correspondiente aviso de solicitud de baja, y se acompañará de la concesión de la misma o de el consentimiento de retirada en su caso.
  • Si la suspensión es temporal, no será necesaria la baja en el régimen especial de la Seguridad Social.

En el caso de suspensión de actividades por fuerza mayor, el nacimiento de ciertos derechos se producirá el día en que se acredite la concurrencia de la fuerza mayor a través del documento que se acaba de señalar.

Medidas para los autónomos de La Palma

Incluyendo mejoras en la asistencia a los autónomos afectados por la erupción volcánica en La Palma para ampliar su cobertura. De esta forma, se incluyen tres nuevas ayudas, que traen exenciones de prestaciones y cotizaciones a la seguridad social, y sustituirán a las prestaciones actuales:

  • Prestación de cese de actividad para los trabajadores autónomos que se vieron obligados a cesar sus actividades debido a una erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja de La Palma.
  • Prestación extraordinaria por cese de actividad para autónomos que suspendan temporalmente todas las actividades debido a la destrucción provocada por la erupción volcánica.
  • Prestación extraordinaria de cese de actividad para los autónomos cuyas actividades se vean afectadas por la destrucción provocada por la erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja de La Palma.

Pueden ponerse en contacto con Laver Consultores para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

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