¿Qué riesgo tiene para las empresas el uso de software ilegal o pirata?

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A pesar de que el software es una herramienta esencial para el funcionamiento de cualquier negocio en cualquier sector de la economía, no es infrecuente la utilización de programas ilegales o piratas por algunas empresas, con los riesgos no solo técnicos sino también jurídicos que ello supone.

Según los datos disponibles, en 2015 un 44% del software utilizado por las empresas era ilegal, se estima que por cada punto de incremento de utilización del software legal puede suponer un aumento de 1.500 millones de euros de PIB.

Por ello, el uso y tenencia de software ilegal constituye un delito contra la propiedad intelectual por el que puede responder no solo la persona física responsable de la misma, sino también, desde 2010, la propia empresa. Así lo dicen en el diario Expansión, donde explican que puede existir pena de cárcel y hasta 280.000 euros de multa por tener software pirata.

Cambios legales por el uso de software ilegal o pirata en las empresas

Los recientes cambios legales (en particular, la LO 1/2015 de reforma de 2015 del Código Penal) han modificado los requisitos de perseguibilidad penal de la acción.

Hasta entonces se requería que esta originase perjuicio para tercero y además se realizase con ánimo de lucro, sin embargo, desde 2015 tan solo se requiere la obtención de un “beneficio directo o indirecto”.

Este concepto ha sido interpretado por la Fiscalía General del Estado que indica: “dicho elemento intencional ha de entenderse como ánimo de lucro comercial quedando al margen aquellos comportamientos que pretenden la obtención de algún tipo de ventaja o beneficio distinto del comercial”.

En este sentido se considera que el uso de software ilegal proporciona al infractor:

  • Beneficio directo, como consecuencia del ahorro de costes de adquisición),
  • Ahorro indirecto (reflejado en el resultado de la empresa infractora).

¿Qué actividades ilícitas son las más frecuentes con respecto al uso de software ilegal?

  • La instalación de software sin licencia.
  • El acceso a un software legal sin licencia para ello o realizando más accesos de los contratados.
  • El acceso a copias no autorizadas en entornos cloud.
  • La actuación de los intermediarios que distribuyen software en la nube ocultando al fabricante el número de licencias realmente vendidas.
  • La instalación en la empresa de programas desprotegidos o “craqueados”.

¿Cuándo es responsabilidad de la persona jurídica y de las personas físicas por el uso de software pirata?

La persona jurídica responde por estos delitos cuando se hayan cometido por el responsable de la empresa o cuando se hayan cometido por alguien sujeto al control del representante de la empresa.

La dirección de la empresa será responsable, salvo que se acredite:

  1. Que se han impartido instrucciones expresas al personal de la compañía.
  2. Que se han dado instrucciones específicas al responsable de sistemas de la empresa.
  3. Que se haya implantado un sistema de gestión conforme a lo previsto por el Código Penal (compliance penal).

Por su parte, el responsable de sistemas de la empresa responde cuando incumple las instrucciones recibidas o cuando, aun no habiéndolas recibido, no cumple con su obligación legal.

Por último, también puede producirse responsabilidad del trabajador cuando incumpla las instrucciones recibidas de sus superiores.

Entre las posibles consecuencias por estas conductas para la persona jurídica destaca, además de la multa económica, la prohibición de contratar con la Administración.

¿Cómo evitamos la responsabilidad de la empresa o persona jurídica?

La Ley prevé mecanismos para limitar la responsabilidad empresarial. Para ello es necesario acreditar:

  • Que se ha implantado un modelo de gestión de riesgos aplicados al software corporativo.
  1. Que se tienen identificadas las situaciones de riesgo (¿Quién puede instalar software en la empresa?)
  2. Que se han implantado protocolos para gestionar los riesgos y mecanismos de respuesta a incidentes.
  3. Que se han asignado recursos financieros al sistema de prevención de forma que este pueda ser efectivamente aplicado.
  4. Que se cuenta con un canal interno de denuncias.
  5. Que se ha implantado un sistema disciplinario interno ante este tipo de infracciones. Y que se procede a su actualización con regularidad.

¿Cómo se investiga la utilización de software ilegal?

Estas conductas se pueden investigar en sede judicial (por medio de un mandato de entrada y registro policial) o extrajudicial (por medio de inspecciones).

En ambos casos se pretende que la empresa deje de utilizar software ilegal y que se compense a los fabricantes. Las indemnizaciones no van en su totalidad al fabricante, sino que también cubren los costes litigiosos y se destinan a concienciar y prevenir la piratería.

Inspecciones de software pirata

En las inspecciones, que lógicamente no se avisan previamente para evitar la destrucción de pruebas, se realiza un inventario del número de copias instaladas de cada programa y del número de usuarios y licencias con que cuenta la empresa.
En 2015 se recibieron 370 denuncias por uso de software ilegal, de las cuales solo 170 acabaron en acción legal. Los sectores más afectados son los de formación e ingeniería y el valor promedio del software ilegal detectado es de unos 400.000 euros por empresa. Las denuncias suelen proceder de ex empleados de la empresa, y de empleados en activo (responsables de sistemas que previamente han denunciado internamente los hechos, sin haber obtenido respuesta).

Información vía Wolters Kluwer

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