Acoso sexual
Protocolo de prevención y actuación

La formación y sensibilización de tu equipo son esenciales para evitar situaciones y comportamientos inapropiados.

Redactamos un protocolo específico para tu empresa y te ayudamos en la comunicación de las normas.

¿Como debo actuar en situaciones delicadas de posible acoso sexual?

El acoso sexual o por razón de sexo es uno de los problemas más difícil de gestionar dentro de la empresa. Para prevenir cualquier situación comprometida, debes preparar un código de conducta adaptado a tu empresa y comunicarlo formando a todos tus empleados.

Esta obligación empresarial la podemos encontrar en diferentes normativas vigentes, tales como la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, el Real Decreto 901/2020 y la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y responde a la necesidad de prevenir, sensibilizar y, en su caso, atajar, con todas las garantías necesarias, cualquier forma de violencia y discriminación en el ámbito laboral relacionado con el acoso sexual o por razones de sexo o género.

Actualmente, la obligación de adoptar este Protocolo lo tienen todas las empresas, con independencia de su número de trabajadores y cualquiera que sea su actividad o forma jurídica. También estarán obligados los autónomos con empleados y las Administraciones Públicas.

Este Protocolo deberá documentar todas las medidas para la prevención de cualquier acción que pueda ser considerada acoso sexual o discriminación por razón de sexo en el ámbito laboral. Asimismo, se plasmará el procedimiento que se llevará a cabo en caso de producirse una situación de acoso en el trabajo, los canales de denuncia disponibles, los responsables de la instrucción y la persona que adoptará la resolución del expediente.

Una vez elaborado el Protocolo éste deberá ser comunicado fehacientemente, explicado y puesto a disposición de todo el personal, definiendo acciones de formación y de sensibilización al personal, para asegurar su cumplimiento.

La Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) otorga la potestad de control y sanción a la Inspección Laboral.

En Laver te ayudamos a adelantarte a posibles dilemas, entender las circunstancias y actuar de forma contundente.

Prepara tu empresa ante acontecimientos imprevistos

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El éxito del protocolo frente al acoso sexual pasará necesariamente por un sistema previo de sensibilización e instrucción que garantice la tolerancia 0 respecto a todas las formas de acoso. Cualquier empresa tiene la obligación de generar un ambiente seguro en el que las posibles víctimas conozcan el procedimiento que las ampara y los acosadores las consecuencias.

¿Qué incluye nuestro servicio?

PROTOCOLO PERSONALIZADO PARA TU EMPRESA

Se procederá a la redacción del protocolo tras conocer la estructura de la organización y detectar los posibles focos generadores de acciones indeseadas de acoso. Asimismo, tanto las medidas propuestas como los procedimientos se plasmarán en el Protocolo tras conversaciones y reuniones con los responsables y de manera personalizada para cada organización.

SABRÁ COMO ACTUAR SI SE PRODUCE UNA SITUACIÓN DE ACOSO LABORAL

Elaboración del Protocolo de prevención y actuación frente al acoso que recogerá las medidas para la prevención y los procedimientos que se llevarán a cabo en caso de producirse una situación de acoso en el trabajo.

CONCIENCIAREMOS DEL PROBLEMA A TODA SU PLANTILLA

Diseño del sistema de comunicación a todos los empleados, programa de sensibilización y formación referente a los derechos, medidas adoptadas y procesos a seguir.

EL PROTOCOLO ESTÁ POR ENCIMA DE CUALQUIER EMPLEADO O COLABORADOR

El Protocolo será sobre toda la plantilla laboral de la empresa, así como personas que, no teniendo una relación laboral, prestan servicios o colaboran, como externos, personal en formación, en prácticas no laborales o aquéllas que realizan voluntariado.

Descubre nuestro servicio COMPLIANCE4U

Ayudamos a las pymes a cumplir con las nuevas normativas de acoso laboral y de desconexión digital mediante nuestro programa de consultoría ‘Compliance4U’ que analiza y asegura que tengas un grado de cumplimiento óptimo, te pone al día y te mantiene siempre actualizado.

Orientación
Gratuita

Si llegaste hasta aquí, no te vayas con dudas o inquietudes.

Te ofrecemos una orientación gratuita con nuestros gestores para ayudarte.

Preguntas frecuentes sobre la elaboración de PROTOCOLO PARA LA PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN FRENTE AL ACOSO

Todas las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica o su actividad, están obligadas en la actualidad a elaborar un PROTOCOLO PARA LA PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN FRENTE AL ACOSO en el trabajo, con independencia de su número de trabajadores. 

También están obligados los autónomos con empleados e incluso las administraciones públicas.

La Actividad de Control se realiza mediante la Inspección Laboral, según la Ley de Infracciones y Sanciones, estas quedarían así:

  • Multas de 7.501 a 30.000 euros para infracciones leves.
  • Multas de 30.001 a 120.005 euros para infracciones graves.
  • Multas de 120.006 a 225.018 euros para infracciones muy graves.

Si el caso llega a los tribunales, habría que sumar las multas impuestas por el tribunal a la empresa, así como una posible indemnización por daños que podría reclamar la víctima.