8 de Julio de 2013: Una fecha clave para los Convenios Colectivos

Laver ConsultoresA menos de un mes para que se aplique uno de los hitos más relevantes de la Ley 3/2012 de 6 de julio 2012, que se refiere a lo dispuesto en relación a la pérdida de vigencia de aquellos convenios colectivos que a la fecha de la entrada en vigor de la mencionada Ley hubiesen sido denunciados  y se encontraron en lo que se ha denominado “la prórroga automática” o “ultraactividad»,  y no hayan sido firmados antes del próximo 8 de julio, se enfrentarán a la consecuencia directa de que el convenio pasaría a tener como referente uno superior (el sectorial o el estatal) y si no lo hubiese el suelo sería el Estatuto de los trabajadores.

 

Durante estos meses se han firmado menos Convenios de los que se hubiese esperado tras la entrada en vigor de la Ley 3/2012, y por eso, el pasado 23 de mayo UGT y CCOO y CEOE y CEPYME se han visto obligados a firmar el “Acuerdo sobre ultraactividad de los convenios colectivos” que afecta a aproximadamente 360 convenios sectoriales y más de 1.100 convenios de empresa.

Este Acuerdo es un instrumento dirigido a impulsar la negociación colectiva pendiente y superar los bloqueos de negociación con el fin de que a la llegada de la tan temida fecha del 8 de julio se hubiesen podido firmar los máximos convenios posibles, evitando así posibles aplicaciones de Convenios Colectivos de ámbito mayor o incluso la exclusiva aplicación en las empresas del Estatuto de los Trabajadores, que si bien es la norma “Suprema” en cuanto a las relaciones laborales, no deja de ser una regulación de mínimos que servía como punto de partida para que la patronal y sindicatos dispusieran de mutuo acuerdo a través de los convenios colectivos mejoras en las condiciones laborales.

 

Laver ConsultoresComo decimos el Acuerdo estipula el compromiso de agilizar e intensificar los procesos en curso antes del término legal de la vigencia, si bien, lo cierto es que apenas faltan tres semanas para que muchas empresas se queden sin convenio colectivo aplicable, y se encuentren ante la incertidumbre de cómo actuar para no perjudicarse ni perjudicar a sus trabajadores, puesto que se pueden dar situaciones en las que condiciones laborales que venían dadas por los convenios colectivos deban desaparecer si la empresa no desea que se conviertan en derechos adquiridos a favor de trabajadores, y como contrapartida, los trabajadores van a ver como desaparecen las prerrogativas que le venían dadas por los textos convencionales.

 

Desde Laver Consultores estamos involucrados directamente en los procesos de negociación colectiva y somos conscientes de las situaciones que se pueden generar a partir del 8 de julio. Es por ello que recomendamos trabajar, entre otras opciones, en la implantación de convenios colectivos de empresa que mantengan la estabilidad en el clima laboral que tan importante es para el buen funcionamiento de cualquier empresa; porque creemos que existen mecanismos legales suficientes para evitar la desconcertante situación que se producirá y evitar así posibles conflictos colectivos.

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