Afectación salarial del día de huelga

¿Qué descuento salarial se aplica a los trabajadores que ejerzan el derecho de Huelga?

Sector de actividad de la empresa que efectúa la consulta: COMERCIO METAL

RESPUESTA:

  

El ejercicio del derecho de huelga no extingue la relación de trabajo si no que durante la misma se suspende el contrato de trabajo y el trabajador no tiene derecho al salario. Por lo que el trabajador en huelga permanecerá en situación de alta especial en la seguridad social, con suspensión de la obligación de cotización por parte del empresario y del propio trabajador y el trabajador en huelga no tendrá derecho a la prestación por desempleo, ni a la económica por incapacidad laboral transitoria.

La retribución que el empresario puede descontar por cada día de huelga comprende :

  • Salario  de  la jornada: salario base y complementos salariales.
  • La parte proporcional de la retribución de los días de descanso semanal correspondiente a la semana en que se produce la huelga.
  • La parte  proporcional  de  las  pagas  extraordinarias, debiendo  realizar  el  descuento en la fecha en que se proceda a su abono.

Además cuando la huelga se desarrolla durante algunas horas del día, los  trabajadores con jornada continuada no tienen derecho a cobrar la parte proporcional del tiempo de descanso diario correspondiente a las horas trabajadas porque las jornadas de esos días dejaron de ser continuadas o ininterrumpidas.

NORMATIVA APLICADA:

 

Artículo 45  del Real Decreto Legislativo 1/1995, de  24  de  marzo, por  el  que  se  aprueba  el texto refundido dela Leydel Estatuto de los Trabajadores.

Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre Relaciones de Trabajo.

Índice de Contenidos del Artículo

Categorías