Cambio de Centro de Trabajo

¿Qué implicaciones puede tener trasladar el domicilio del Centro de Trabajo de la localidad de Getafe a Vallecas? ¿Se podría considerar Movilidad Geográfica?

Sector de actividad de la empresa que efectúa la consulta: PUBLICIDAD

RESPUESTA: 

Sin tener en cuenta lo que puedan establecer los distintos convenios colectivos al respecto, la norma general establece lo siguiente:

El mero cambio de municipio del centro de trabajo que se indica en este caso no supone ningún cambio de residencia con lo cual no tendría la consideración de movilidad geográfica no debiéndose aplicar el procedimiento previsto en el artículo 40 del ET.

NORMATIVA APLICADA: Artículo 40 del Estatuto de los Trabajadores

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