Consolidación fiscal en 2025: una oportunidad para optimizar la fiscalidad de tu grupo empresarial

Consolidación fiscal en 2025

Si formas parte de un grupo de empresas y prevés que alguna de ellas pueda tener pérdidas en los próximos años, el régimen de consolidación fiscal puede ser una herramienta clave para optimizar la carga fiscal del grupo. Este régimen, además de simplificar ciertas obligaciones tributarias, ofrece ventajas significativas en el Impuesto sobre Sociedades.

Si estás considerando acogerte a este régimen a partir del ejercicio 2025, es importante que tomes medidas antes de que finalice 2024. A continuación, te explicamos los pasos a seguir y los beneficios que podrías obtener.

Para ello:

  • Es preciso que antes de fin de año lo acuerden así los consejos de administración (o los órganos de administración) de todas las sociedades que vayan a formar parte del grupo (es decir, la holding y todas las sociedades en las que ésta participe, directa o indirectamente, en al menos un 75%).
  • A continuación, es preciso que la sociedad dominante comunique a Hacienda que opta por aplicar el régimen. Apunte. Dicha comunicación también debe realizarse con anterioridad al inicio del ejercicio 2025.

¿Cuáles son las ventajas en el Impuesto de Sociedades?

Optar por el régimen de consolidación fiscal permite obtener importantes ventajas en el Impuesto sobre Sociedades. Entre otras:

  • La posibilidad de compensar las pérdidas fiscales de unas empresas del grupo con los beneficios fiscales de las otras.
  • La exoneración de la mayor parte de las obligaciones de documentación de las operaciones vinculadas entre compañías del grupo.
  • La posibilidad de cumplir los requisitos y límites para aplicar determinados incentivos del Impuesto sobre Sociedades de forma grupal, facilitando el disfrute de dichas ventajas fiscales.
  • La eliminación de las operaciones internas, de forma que los beneficios generados por las ventas intragrupo no tributan hasta que tales beneficios se realicen frente a terceros.
  • La no obligación de practicar retenciones sobre los rendimientos satisfechos entre sociedades del grupo (intereses de préstamos, arrendamientos de inmuebles, etc.).

Si su grupo desea acogerse al régimen de consolidación fiscal a partir del ejercicio 2025, debe acordarlo y comunicarlo antes de que finalice el 2024. No dudes en contactarnos para más información.

Fuente: FiscalPro

Índice de Contenidos del Artículo

Categorías