¿Cuáles son los aspectos clave de la cesión de trabajadores?

Se produce una situación de cesión ilegal de trabajadores cuando una empresa, que no es una empresa de trabajo temporal (ETT), contrata a alguien y lo coloca para trabajar en otra empresa.

La cesión de trabajadores está prohibida en nuestro ordenamiento jurídico. Únicamente las empresas de trabajo temporal (ETT) están habilitadas para situar a trabajadores a disposición de otra empresa, y siempre que la puesta a disposición se realice de manera correcta.

Cuando tu empresa requiere cubrir necesidades temporales, es apropiado recurrir a los servicios de una ETT para obtener trabajadores. Esta forma de proceder es válida, ya que las ETT son las únicas empresas autorizadas para ceder trabajadores temporalmente. Sin embargo, si una empresa que no es una ETT te proporciona un empleado, estarías incurriendo en una cesión ilegal. Lo mismo ocurre si subcontratas un servicio y actúas como si fueras el empleador directo de los trabajadores de esa empresa.

 

El artículo 43 del Estatuto de los Trabajadores (ET) aborda el tema de la cesión de trabajadores y establece que:

“La contratación de trabajadores para cederlos temporalmente a otra empresa solo podrá efectuarse a través de empresas de trabajo temporal debidamente autorizadas en los términos que legalmente se establezcan.”

¿Cuándo se considera que se ha incurrido en una cesión ilegal de trabajadores?

Se considera que se ha incurrido en una cesión ilegal de trabajadores cuando se presente alguna de las siguientes situaciones:

  • Cuando la empresa cedente no disponga de los recursos necesarios para llevar a cabo su actividad.
  • Cuando la empresa cedente no cuente con una actividad o estructura organizativa propia y estable.
  • Cuando la empresa cedente no cumpla con las responsabilidades inherentes a su papel de empresario.
  • Cuando los contratos de servicios entre empresas se limiten únicamente a la puesta a disposición de los trabajadores de la empresa cedente a la empresa cesionaria.

Existe un riesgo de incurrir en una cesión ilegal de trabajadores tanto al subcontratar la actividad principal de tu empresa como al subcontratar servicios auxiliares (puesto que solo las ETT están autorizadas para ceder trabajadores). La cesión ilegal se produce cuando la empresa subcontratada se limita únicamente a proporcionar mano de obra sin contar con una estructura empresarial propia, o si cuenta con dicha estructura pero no ejerce las funciones correspondientes a su condición de empresario.

Ejemplo:

Existe una cesión ilegal cuando la empresa A contrata a un trabajador, pero no para que trabaje para A, sino para cederlo a la empresa B. El trabajador presta servicios en B, como si realmente fuese un trabajador de B, pero siendo formalmente trabajador de A.

Por lo general, las empresas recurren a esta práctica porque las condiciones laborales del trabajador en la empresa A, como el salario, son inferiores a las que debería tener si fuese contratado directamente por la empresa B. Además, se utiliza para evitar que la empresa B asuma los riesgos asociados a contratar al trabajador directamente, como reclamaciones o demandas legales.

¿Cuál es la diferencia entre una contrata y una cesión ilegal?

La diferencia entre una cesión ilegal y una contrata radica en que, en el caso de las contratas, cada empresa involucrada tiene su propia organización, ejerce el control y dirección de la actividad, gestiona y remunera a sus trabajadores, y utiliza sus propios recursos de producción. Además, la empresa contratada realiza una actividad autónoma y específica que no es llevada a cabo por la empresa contratante.

En ciertas ocasiones, puede resultar difícil distinguir entre una cesión ilegal y una contrata legítima entre dos empresas. Además, es común que se intente disfrazar una cesión ilegal bajo la apariencia de una contratación legal o contrata.

Repercusiones de la cesión ilegal de trabajadores

De acuerdo con el artículo 43 del ET, tanto el empresario cedente como el cesionario que incumplan las disposiciones mencionadas anteriormente (cesión ilegal de trabajadores) serán responsables solidarios de las obligaciones contraídas con los trabajadores y la Seguridad Social. Esto no excluye otras posibles responsabilidades, incluidas las penales, derivadas de dichas acciones.

Los empleados tendrán el derecho de obtener el estatus de empleados permanentes

Adicionalmente, según el ET, los trabajadores afectados tienen el derecho de elegir adquirir el estatus de empleados permanentes, ya sea en la empresa cedente o en la cesionaria. Los derechos y responsabilidades del trabajador en la empresa cesionaria serán los mismos que corresponden a un trabajador en condiciones normales que desempeña un puesto de trabajo similar o equivalente. Sin embargo, la antigüedad se calculará desde el inicio de la cesión ilegal.

La normativa referente Infracciones y Sanciones en el Orden Social

Además, es importante considerar que la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) en su artículo 8.2, referente a las infracciones en el ámbito de las relaciones laborales individuales y colectivas, establece que la cesión de trabajadores en los términos prohibidos por la legislación vigente constituye una infracción muy grave. Esta infracción puede acarrear multas de 20.006 euros hasta 225.018 euros.

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