Cómo implantar protocolos de Protección de Datos


Protección de DatosLa importancia de la Protección de Datos.

A pesar de haber cumplido 16 años desde su entrada en vigor, la normativa de protección de datos aún suscita muchas dudas en cuanto a su cumplimiento a todas aquellas empresas obligadas a adaptarse a sus preceptos.

Recordemos que cualquier sujeto jurídico, empresario, empresa, organización, etc., de ámbito público o privado, que recoja datos de carácter personal para su ulterior tratamiento, respondiendo a una finalidad económica, profesional o empresarial debe adaptarse a la misma. No adaptarse a la normativa de Protección de datos, puede suponerlos ser objeto de inspección por parte de la Agencia Española de Protección de Datos y, ante una infracción, la imposición de multas económicas de hasta 600.000€.

Cuidado con el «intrusismo profesional»

Por un lado, pues, está el temor a recibir una sanción de esta envergadura que nos hace comprender la importancia de cumplir con dicha normativa, pero, por otro lado, tenemos la necesidad imperiosa de reducir al máximo costes empresariales que pueden parecer irrelevantes, esta circunstancia junto a la falsa creencia de pensar que “hay quién da duros a cuatro pesetas”, lleva a muchas empresas a confiar el cumplimiento de la Ley, a un perfil de entidades que o bien no están suficientemente cualificadas para adaptar una empresa, de manera global y correcta, a la normativa vigente en esta materia, o bien aprovechan la necesidad del cliente de cumplir la Ley de manera económica, para enmascarar un servicio que acaba siendo incompleto y que en ningún caso evita la imposición de una sanción en caso de inspección.

Protección de Datos

En otras ocasiones, encontramos empresas que ofrecen la  implantación de protección de datos de manera gratuita si se contrata, a coste 0, un curso de formación bonificada, en estos casos, el cliente puede ser doblemente sancionado.

a) Por la Agencia Española de Protección de Datos al no cumplir de manera íntegra con la Ley.

b) Por la Fundación Tripartita y el Servicio Público de Empleo Estatal y la Inspección de Trabajo, por la utilización incorrecta de los créditos de formación bonificada.

Ante este panorama, las empresas con una intención real de cumplir con el sistema legal de protección de datos, deben:

a) Contratar los servicios con un despacho jurídico, una asesoría o un profesional de plena confianza, quién les remitirá un consultor debidamente cualificado en esta materia que lleve a cabo la referida adaptación legal

b) La empresa deberá ser sincera y transparente con este profesional, implicando a todo el personal que esté en contacto con la información de carácter personal, para que el consultor conozca la realidad empresarial respecto a la información tratada.

Solo de esta forma se realizará una auditoria de protección de datos que analice todos los riesgos y se le entregará al cliente una implantación que cumpla con la Ley.

Protección de DatosLo que las empresas, además, desconocen es que una implantación de protección de datos es un proceso vivo y en constante cambio: de la misma forma que la información que se obtiene y se trata cambia constantemente, las circunstancias de la empresa pueden sufrir modificaciones que aconsejen una revisión y actualización de la implantación. 

Lo más adecuado es que la empresa esté en todo momento asesorada por su consultor de confianza a quien poder consultar cualquier aspecto relacionado con la confidencialidad de la información. Únicamente, cumpliendo estas premisas, nos aseguraremos al 100% de evitar cualquier sanción en caso de inspección de la Agencia Española de Protección de Datos.


https://youtu.be/SM66DfN5O2w?list=PLvgsqlkgqHA3eWE8egnbWa41lMd7F4P6U

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