Impuesto sobre Actividades Económicas

novedades tributarias

El Impuesto sobre Actividades Económicas, IAE, es un impuesto que grava a las personas físicas, jurídicas y otras entidades, siempre que realicen en territorio nacional actividades empresariales, profesionales o artísticas.

No obstante, están exentos del impuesto, entre otros:

  • Los sujetos pasivos que inicien su actividad durante los dos primeros periodos impositivos.
  • Los sujetos pasivos del IS, sociedades civiles y entidades sin personalidad jurídica que tengan un Importe Neto de la Cifra de Negocios inferior a 1.000.000 de euros.

Este impuesto está gestionado por los Ayuntamientos, que pueden establecer posibles bonificaciones y reducciones en la cuota.

Así pues, el Ayuntamiento de Barcelona establece bonificaciones por incremento de la plantilla de trabajadores o por utilización de energía solar u otras energías renovables.

Mientras que en el Ayuntamiento de Madrid también se establecen bonificaciones por incremento del promedio de la plantilla de trabajadores además de bonificaciones a aquellas empresas que tengan un rendimiento neto de la actividad económica negativo, por inicio de actividad durante los periodos impositivos tercero y cuarto siguientes al del inicio de la misma, o para aquellas empresas que tengan establecido un plan de transporte en el que incorpore como medida especifica de fomento de transporte público, entre otras.

Ambos Ayuntamientos también establecen Reducciones de la cuota por obras en la calle o bien en el local donde se ejerce la actividad.

Los plazos de solicitud dependen del Ayuntamiento, siendo generalmente durante los primeros meses en que se aplicará la bonificación.

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