Sin duda en la mayoría de las ocasiones los regímenes disciplinarios recogidos en los convenios colectivos son extremadamente genéricos y adolecen del vicio de recopilar tipos estereotipados, existiendo un distanciamiento entre las conductas que la empresa quiere vetar y aquellos hechos que se tipifican como falta en los convenios colectivos. Además los convenios colectivos no se adaptan de forma ágil ni rápida a los cambios, innovaciones y nuevas exigencias de las empresas, permaneciendo congelados tipos infractores que no se ajustan a la realidad.
Para hacer frente a la falta de adaptación a la realidad y a la lenta evolución de los regímenes disciplinarios convencionales, así como para dejar clara y transmitir la filosofía o línea de valores de una empresa, uno de los instrumentos más útiles para las empresas es la elaboración de códigos éticos o protocolos de conducta que sirvan a la par para hacer llegar la cultura de la empresa a los empleados y a la vez dotar a la empresa de capacidad sancionadora frente a las desviaciones que se produzcan por parte de los trabajadores respecto a dichos valores.
Los códigos éticos y los protocolos de conducta engloban un catálogo de conductas dirigidas a los empleados, donde se transmiten los valores y los objetivos de la empresa a la vez que simultáneamente en ellos se establecen límites y prohibiciones para los empleados para dar cumplimiento a la línea de valores que desea transmitir la empresa. No son meros desiderátums o programas sin valor, sino que los protocolos de conducta son un recomendable y poderoso instrumento jurídico para la empresa que facilita a ésta la consecución de sus objetivos y la alineación de todo el equipo humano sobre la base de unos valores comunes cohesionando las políticas comunes de recursos humanos.
Deben elaborarse por escrito unilateralmente por la empresa, no siendo preciso el pacto con los trabajadores, y siendo plenamente exigible su contenido (STS 07/03/2007). Las ventajas de su implantación son múltiples:
- Mejoran de la gobernanza interna de la empresa y transmiten los valores de ésta.
- Refuerzan y manifiesta el poder de dirección: clarifican conductas y transmiten los valores esenciales de la compañía.
- Permiten articular con una mejor base las sanciones y despidos disciplinarios.
- Se obtiene mayor seguridad jurídica para la empresa y mayor cobertura de responsabilidades.
- Se consigue la adaptación constante de la empresa a la realidad: se puede modificar unilateralmente por la empresa para adaptar a cambios productivos, tecnológicos, etc…
En conclusión se trata de un instrumento imprescindible ,con el que toda empresa debe dotarse, para mejorar la protección de los intereses de la empresa y sus directivos, especialmente en relación a materias como: la prevención de riesgos, las políticas de no competencia, la productividad, las políticas de compliance, la imagen externa, entre otros.