Ley de Emprendedores: Fomento para la inversión en España y la atracción del talento internacional

En la Ley 14/2013 de Ayuda al Emprendedor y su internalización, aprobada por el Gobierno el pasado mes de septiembre, se recogen, además de la posibilidad de obtener Residencia España como INVERSORES a aquellos súbditos de terceros países que adquieran un inmueble en España por un importe superior a los 500.000 euros, la posibilidad de acceder a la Residencia en otros cinco supuestos dignos de mención.

  

  • Emprendedores
  • Trabajadores  altamente cualificados
  • Investigación
  • Movimiento  intraempresarial
  • Traslados  intraempresariales de grupos de profesionales.

Esta nueva Ley 14/2013, es un régimen jurídico que viene a reglamentar “supuestos nuevos” considerados como privilegiados, pretendiendo con su publicación fomentar la Inversión en nuestro país y la atracción de Talento.

Pasaremos a detallar brevemente cada uno de los supuestos y sus requisitos mínimos:

EMPRENDEDORES:

A este supuesto se puede acceder desde cualquier vía de acceso de las detalladas a continuación:

  1. Titular  de visado; puede ser un visado de turista para aquellos ciudadanos de países que precisen de un visado de entrada, con la salvedad de que  aquellos de otros países que no precisan de visado de turismo se consideran en la misma situación siempre que su estancia no supere los 90  días.
  2. Titular  de  autorización d estancia en Régimen General, poseedores de tarjeta de estudiante en vigor.
  3. Titular  de autorización de residencia en Régimen General.

TRABAJADORES ALTAMENTE CUALIFICADOS:

Laver ConsultoresEste otro supuesto está enfocado a cubrir las necesidades de las empresas en varios casos:

  1. Personal directivo o altamente cualificado, cuando la empresa o grupo de empresas reúna alguna de las      características establecidas en el art. 71 de la norma:
  • Promedio plantilla superior a 250 trabajadores
  • Volumen de cifra neta anual de negocio superior a 50 millones de euros en España, o patrimonio neto superior a 43 millones euros.
  • Inversión bruta media anual no inferior a un millón euros
  • Empresas con un valor de stock inversión superior a 3 mill. Euros
  • Pertenencia a una pequeña o mediana empresa en un sector considerado estratégico.
  1. Personal  directivo o altamente cualificado que forme parte de un proyecto considerado y acreditado de interés general:
  1. Graduados, postgraduados de universidades y escuelas de negocio de reconocido prestigio. (muy interesante, pues no hay requisitos especiales para la empresa.)

La vía de acceso en estos supuestos es abierta al igual que en el supuesto anterior.

FORMACION, INVESTIGACION, DESARROLLO EN INNOVACION:

También será abierta la vía de acceso siempre y cuando nos encontremos ante cualquiera de las siguientes situaciones:

  1. Personal investigador
  2. Personal científico y técnico que lleve a cabo trabajos de investigación científica, en entidades empresariales o centros de I+D+i, establecidos en España.
  3. Investigados acogidos en el marco de un convenio por Organismos de investigación públicos o privados (pendiente de desarrollo reglamentario)
  4. Profesores contratados por Universidades, Organos o centros de educación superior e investigación o escuelas de negocio, establecidos en España (pendiente de desarrollo reglamentario).

  

TRASLADO INTRAEMPRESARIAL

Es un supuesto que facilita la prestación transnacional de servicios, también legislada por la Ley general, pero que viene a simplificar la entrada y legalización de los trabajadores “desplazados”.

  

TRASLADO INTRAEMPRESARIAL DE GRUPO DE PROFESIONALES

Laver ConsultoresTampoco en este caso hay restricción en la vía de acceso. Similar al supuesto de personal directivo o altamente cualificado, pero en este supuesto  se pueden solicitar la tramitación colectiva de autorizaciones, siempre y cuando se base en una gestión planificada de un cupo temporal de autorizaciones presentadas por la empresa o grupo de empresas.

En todos los casos la competencia para la tramitación y resolución corresponde a la UNIDAD DE GRANDES EMPRESAS Y COLECTIVOS ESTRATEGICOS sita en MADRID, si bien se puede tramitar desde la provincia sede de la empresa a través de los Registros al efecto.

Estos expedientes serán resueltos en un plazo de 20 día, lo que abre una gran puerta a la entrada y legalización de estos colectivos y ofreciendo gran agilidad al procedimiento.

El extranjero recibirá una AUTORIZACION DE RESIDENCIA con una validez de dos años, y válida en todo el territorio nacional.

  

Si considera que alguno de estos supuestos puede ser de su interés no dude en ponerse en contacto con nosotros para encontrar la situación que más se adecue a sus necesidades.

Índice de Contenidos del Artículo

Categorías