Los cambios que vienen en la Responsabilidad Penal de las empresas

Dentro de los innumerables cambios normativos que estamos viviendo en los últimos tiempos, se plantea una nueva reforma penal, de forma que el actual Proyecto de reforma del Código Penal, -promovido por el anterior titular del equipo ministerial de Justicia, y en fase de tramitación parlamentaria, plantea modificaciones importantes para el conjunto del ordenamiento jurídico.

Para el caso concreto de la regulación de la Responsabilidad Penal de las empresas, se prevén importantes novedades que pueden variar totalmente el planteamiento con que las empresas deben afrontar la puesta en marcha de los planes o protocolos de prevención para evitar consecuencias, de forma que si actualmente, la exigencia (y las consecuencias) pasan porque el obligado plan de prevención que las empresas deben tener  éxito exclusivamente con el fin de atenuar la posibilidad de que se estime la existencia de responsabilidad penal de las personas jurídicas y de sus representantes legales, con la reforma que se está ultimando el nivel de exigencia se reduce a que la empresa haya implantado en su seno un plan de prevención, de esta forma la empresa podrá quedar exenta de la responsabilidad de tipo penal.

El matiz que encontramos en la reforma será ciertamente importante, puesto que pasamos de intentar buscar un atenuante pero mantener posibles condenas penales a buscar garantizarnos la exención de responsabilidad penal.

Pero no sólo es esta la ventaja que plantea la tan deseada (por lo menos en este extremo) reforma, sino que además  profundiza en lo más importante y es en el contenido que deben incorporar los planes de prevención.

Por tanto, con la tan esperada reforma (por lo menos en cuanto a este tema del que nos ocupamos hoy) vamos a encontrar respuestas a muchas de las incógnitas que existen con la regulación actual y que en cierta medida provocaba que los propios jueces y fiscales mantuvieran una comedida prudencia o pasividad ante la evocación de este tipo de responsabilidad penal. En contrapartida será necesario que las empresas, ahora sí, tomen conciencia de la importancia de tener implantado en sus empresas un correcto sistema de prevención penal que si se realiza a la medida de su organización no debe suponer ningún tipo de inconveniente ni a nivel técnico ni organizativo ni económico, sino que debe formar parte del propio ADN de la empresa.

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