Los Presupuestos Generales del Estado de 2023
Aún están en trámite, pero se prevé un año más manteniendo los límites máximos permitidos para acogerse al régimen de módulos del IRPF/IVA.
Les informamos que en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de fecha 8 de octubre de 2023, se ha publicado, para su tramitación y aprobación parlamentaria, el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado (PLPGE) 2023.
Entre otras medidas fiscales, destacamos que en el sistema de estimación objetiva del IRPF (módulo), así como en el régimen especial simplificado y en el régimen del IVA agricultura, ganadería y pesca, se prevé que se prorroguen los límites establecidos para 2022.
Salvo modificaciones de última hora, estos límites quedarán en los siguientes términos:
Concepto (1) | Año 2023 | A partir de 2024 |
Ventas totales | 250.000 | 150.000 (2) |
Ventas a empresarios | 125.000 | 75.000 |
Compras (no inmovilizados) | 250.000 | 150.000 |
- Volumen de operaciones realizadas en el año anterior.
- En actividades agrícolas, ganaderas o forestales, el límite será de 250.000 euros.
También está previsto ampliar un año más, los límites excluyentes del régimen simplificado y del régimen especial de agricultura, ganadería y pesca, de tal modo que se mantiene el límite de 250.000€ de volumen de ingresos en el ejercicio anterior y del importe del conjunto de adquisiciones e importaciones de bienes y servicios en el año anterior.
Renuncia
Aunque cumplas los requisitos para continuar en módulos, si crees que vas a ingresar menos a partir de 2023, haz números y verifica si te conviene renunciar (recuerda también que está previsto que se incremente del 5 al 10% la reducción sobre el rendimiento neto aplicable en estos casos).
Si desea renunciar, presente una declaración censal en diciembre o ejercite su renuncia tácita presentando el IVA del primer trimestre de 2023 en régimen general (modelo 303) y el pago fraccionado de IRPF en régimen de estimación directa (modelo 130).