Real Decreto-ley que pone medidas de ahorro energético para empresas

medidas de ahorro energético para las empresas

Te informamos de las principales medidas del Real Decreto 14/2022, sobre ahorro y eficiencia energética en las empresas.

Entre las principales medidas de ahorro y mejora de la eficiencia energética, destacamos los siguientes puntos:

  • Los edificios y locales con acceso desde la calle deberán disponer de un sistema de cierre de puertas adecuado, el cual podrá consistir en un sencillo brazo de cierre automático de las puertas, con el fin de impedir que éstas permanezcan abiertas permanentemente. Medida que deberá ser adoptada con anterioridad al 30 de septiembre de 2022.
  • Estos mismos recintos habitables acondicionados, deberán cumplir con medidas de información en el sentido de informar, mediante carteles informativos o el uso de pantallas, claramente visibles desde la entrada o acceso a los edificios, las medidas de aplicación que contribuyen al ahorro energético relativas a los valores límites de las temperaturas del aire, información sobre temperatura y humedad, apertura de puertas y regímenes de revisión y mantenimiento.
  • Todas estas mismas instalaciones que tengan obligación de cumplir con las inspecciones de eficiencia energética, y cuya última inspección se haya realizado con anterioridad al 1 de enero de 2021, deberán adelantar de forma puntual la siguiente inspección de las mismas para cumplir con dichas obligaciones antes del 1 de diciembre de 2022, para que, en esta fecha, las instalaciones obligadas hayan pasado por una inspección de este tipo en los últimos dos años.
  • En cuanto al alumbrado de escaparates, este deberá mantenerse apagado desde las 22 horas. El plazo para adoptar esta medida es de siete días desde la publicación en el BOE.
  • La temperatura del aire en las zonas habitables reguladas que no necesiten mantener condiciones ambientales especiales o dispongan de normativa específica se limitará a los siguientes valores:
    1. La temperatura del aire en los recintos refrigerados no será inferior a 27 ºC.
    2. La temperatura del aire en los recintos calefactados no será superior a 19 ºC.
    3. Las condiciones de temperatura anteriores estarán referidas al mantenimiento de una humedad relativa comprendida entre el 30% y el 70%.

El Gobierno ha pedido a las administraciones y grandes empresas que promuevan el teletrabajo para ahorrar en viajes y consumo térmico en los edificios.

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