Les informamos que se ha publicado Real Decreto Ley 01/2023 de Medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejoras de la protección social de las personas artistas. La entrada en vigor del mismo será el 01 de septiembre de 2023.
Las principales novedades a destacar son:
Prestación especial por desempleo para las personas trabajadoras del sector cultural y artístico. Podrán acceder acreditando estar en situación legal de desempleo con 60 días cotizados por prestación real de servicios en los últimos 18 meses o acreditar 180 días de alta en Seg. Social por prestación real de servicios en la actividad artística. La duración de la prestación es de 4 meses y su importe es de has 100% del IPREM en cotizaciones que superen los 61€ y por debajo correspondería al 80% del IPREM.
Modalidades bonificadas. En la mayoría de los casos, la TGSS aplicara los beneficios automáticamente en las liquidaciones de las cuotas a la Seg. Social a través del Sistema de liquidación directa y de liquidación simplificada.
- Contratación indefinida de jóvenes con baja cualificación beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
- Transformación de los contratos temporales en fijos discontinuos del Reg. Especial agrario.
- Transformación indefinida del contrato de relevo se elimina de la norma que sólo puedan beneficiarse de esta bonificación las empresas con menos de 50 trabajadores en alta.
- Prioridad a la contratación a tiempo completo. En los supuestos de contratación a tiempo parcial las cuantías se reducirán proporcionalmente en función de la jornada establecida. En todo caso no se incentivan las jornadas parciales inferiores al cincuenta por ciento de la jornada a tiempo completo de una persona trabajadora, salvo en los supuestos de permisos por conciliación.
- Bonificación en personas sustituidas durante las situaciones de nacimiento y cuidado del menor, riesgo durante embarazo y riesgo durante lactancia natural. Los contratos deben de celebrarse con personas menores de 30 años. La cuantía es de 366€/mes (Se deroga la anterior, 100% de la aportación empresarial).
También se regula bonificación en el supuesto de cambio de puesto por riesgo de embarazo o riesgo durante lactancia natural y en supuestos de enfermedad profesional. La cuantía es de 138€ al mes. - Bonificaciones por contratación indefinida en personas en situación de exclusión social, siendo el importe de 128€/mes durante 4 años.
- Readmisiones de personas trabajadoras cesadas por IP Total o absoluta, siendo la cuantía de hasta 128€/mes.
- Contratación indefinida personas desempleados de larga duración (se extiende a la contratación de personas que tengan 45 años o más), siendo de 110€/mes. Si es mujer el importe se incrementa en 128€/mes.
- Transformaciones de contratos formativos, incremento del porcentajes.