El próximo 2 de marzo todas las empresas con más de 50 empleados deben haber cumplido con las exigencias de la Ley 4/2023, relativa a la igualdad real y efectiva de las personas trans y la garantía de los derechos de las personas LGTBI.
La finalidad de esta norma es que las organizaciones implementen medidas que favorezcan la integración e inserción laboral de las personas trans, de manera que en la elaboración de planes de igualdad y protocolos de no discriminación se incluirán expresamente a las personas trans, con especial atención a las mujeres trans.
Las medidas que deberán cumplir las empresas obligadas será contar con:
- Un Protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI.
- Un conjunto de medidas para alcanzar la igualdad de las personas que formen parte de este colectivo.
- Un procedimiento para denunciar casos de acoso motivados por la orientación sexual, la identidad sexual o la expresión de género.
- La incorporación de elementos de lenguaje inclusivo en todas las comunicaciones de la empresa.
- Acciones de información y sensibilización que fomenten y promuevan un entorno de respeto a la diversidad.
- Diseño de un plan de comunicación para la divulgación y comunicación del protocolo a todas las personas trabajadoras de la empresa.
- La Ley 4/2023 incluye una serie de sanciones para las empresas que vulneren los derechos del colectivo LGTBI que oscilan entre los 200 euros hasta los 150.000 euros y condiciona el a ayudas y subvenciones públicas.
Es por ello que, desde LAVER, recomendamos que todas aquellas empresas que ya tengan el Protocolo para la prevención del acoso sexual y por razón de sexos o el Plan de Igualdad lo actualicen con esta nueva norma y los que aún carezcan de estos documentos que se adapten a la normativa vigente lo antes posible.