Nuevos modelos 202 y 220 de pagos fraccionados

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En el Boletín Oficial del Estado de 15 de marzo, se ha publicado la Orden HFP/227/2017de 13 de marzo, por la que se aprueba:

1) El modelo 202 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español.

2) El modelo 222 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades en régimen de consolidación fiscal estableciéndose las condiciones generales el procedimiento para su presentación electrónica.

Finalidad de la aprobación de las modificaciones en los modelos 202 y 220

  • Eliminar de ellos todo lo que tenía carácter temporal, novedades incorporadas por laLey 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, pero aplicable únicamente a los períodos impositivos iniciados en el 2015.
  • Adaptar los modelos a los cambios introducidos en la Ley del Impuesto sobre Sociedades por:

El Real Decreto-ley 2/2016, por el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público, incrementó la recaudación por los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades que debían efectuar las grandes empresas, afectando a aquellos contribuyentes cuyo importe neto de negocios en los 12 meses anteriores a la fecha de inicio del período impositivo, fuera al menos de 10.000.000 de euros. Se establecía un tipo mínimo del pago fraccionado y se incrementaba la proporción del pago fraccionado.

La Ley Orgánica 1/2016, de 31 de octubre, de reforma de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera incorpora también ciertas especialidades en relación con el pago fraccionado.

El Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, limita la compensación de bases imponibles negativas para grandes empresas con importe neto de la cifra de negocios de al menos 20 millones de euros durante los doce meses anteriores a la fecha en que se inicie el período impositivo, que obligan a modificar el modelo de pagos fraccionado.

¿Cuándo se aplicarán estos nuevos modelos de pagos fraccionados?

Estos nuevos modelos serán de aplicación para los pagos fraccionados cuyo plazo de declaración se produzca a partir de la entrada en vigor de la norma, la cual se producirá al día siguiente de su publicación en el BOE.

Información vía Wolters Kluwer

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