Dentro de la prolífica normativa publicada en el BOE a finales de cada ejercicio, además de las medidas de Seguridad Social ya referidas en un anterior post en este mismo blog, destacamos las que siguen a continuación:
1.- Se incrementa un 0,5% el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) respecto del vigente en el año 2014, que había sido congelado. Así, el SMI se fija para el ejercicio 2015 en 648,60 euros mensuales, o lo que es lo mismo 21,62 euros diarios o 9.080,40 euros anuales.
2.- Se mantiene el Índice Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Así, en el 2015 sigue fijado en 17,75 euros diarios que suponen 532,51 euros mensuales o 6.390 euros anuales.
3.- Baja el interés legal del dinero y el interés de demora. El interés legal del dinero queda establecido en el 3,50% (anteriormente el 4%) y el de demora en el 4,375% (anteriormente el 5%).
4.- Se mantiene el crédito anual de ayudas a la formación. El crédito para la formación de los trabajadores que tienen las empresas a cargo de la Fundación Tripartita y que se nutre de las cotizaciones mensuales efectuadas por éstas, se mantiene en los mismos términos que hasta la fecha.
5.- Se suprime la exención fiscal del programa ‘Hogar conectado a internet’. Este programa se creó con la finalidad de promover la expansión de las nuevas tecnologías al ámbito personal de los empleados, formando parte de su retribución bruta, de tal forma que se obtenía por parte de estos un mejor precio y ahorro en cuanto a la retención del IRPF, y para al empresa suponía la obtención de una deducción fiscal en el Impuesto de Sociedades.
6.- Prórroga de la Tarifa Plana de 100 euros hasta el 31 de marzo de 2015. La medida por la que empresas y autónomos que contraten a trabajadores con un contrato indefinido solamente cotizando 100 euros por mes por contingencias comunes (sin tener en cuenta las cotizaciones por Desempleo, FOGASA, formación profesional y contingencias profesionales) durante los primeros 24 meses del contrato (las empresas de menos de 10 trabajadores además tienen derecho a una bonificación del 50% de la aportación empresarial durante un tercer año), se amplía para las contrataciones indefinidas que se formalicen hasta el 31 de marzo de 2015.