Panorama de las relaciones laborales tras el brote de coronavirus en España

Permisos retribuidos hospitalizacion y fallecimiento familar

Principales dudas en el panorama de las relaciones laborales tras el brote de coronavirus en España

En el presente post recogemos parte del articulo publicado en el portal elEconomista.es dónde se da respuesta a algunas dudas de carácter general que han asaltado a la mayoría del tejido empresarial del país.

¿Qué ocurre con el salario de un empleado si está en aislamiento por contagio o en cuarentena?

El Gobierno ha aprobado un real decreto ley para que las personas en aislamiento preventivo por razón de contagio del Covid-19 se consideren en situación de incapacidad temporal asimilada a una baja laboral por accidente de trabajo. Con la norma se considera tanto a las personas en aislamiento preventivo como a quienes se han contagiado del virus en situación de incapacidad temporal asimilada a baja laboral por accidente de trabajo.

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha destacado que esto supone una mejora de la prestación tanto para las personas aisladas como infectadas por el coronavirus, ya que pasan a percibir desde el día siguiente al de la baja laboral, el 75% de la base reguladora, con cargo a la Administración.

¿Pueden los trabajadores unilateralmente paralizar su actividad por miedo al contagio?

Los trabajadores no pueden, unilateralmente, suspender la actividad de su empresa por el coronavirus. Esta medida se articula a través del artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que exige informar a la Inspección de Trabajo de este asunto para que «anule o ratifique», en 24 horas, la decisión de los trabajadores.

El artículo establece que los representantes de los trabajadores o los delegados de prevención pueden, efectivamente, acordar por mayoría la paralización de la actividad de los trabajadores afectados por dicho riesgo. Sin embargo, el precepto exige que tal acuerdo será comunicado «de inmediato» a la empresa y a la autoridad laboral -en este caso la Inspección de Trabajo-, la cual, en el plazo de veinticuatro horas, anulará o ratificará la paralización acordada.

¿Tiene el empleado la obligación de avisar a la empresa si aprecia riesgo de estar contagiado?

La prevención de riesgos laborales afecta a todos los integrantes de la empresa, por ello, se deben seguir las recomendaciones que realiza la empresa en línea con las directrices emitidas por las Administraciones Públicas. Es preciso que la empresa elabore un protocolo de actuación en el que se requiera a los empleados si han estado en zonas de riesgo o tienes síntomas de padecer el coronavirus, así como que indiquen si hay personal en estas situaciones, pero debe hacerse con un respeto absoluto a la regulación de protección de datos.

En caso de contagio en el trabajo y fallecimiento ¿se podría considerar accidente laboral?

La empresa es responsable de la implementación de todas las medidas de prevención siempre que exista un riesgo claro de peligro. Por lo tanto, la persona trabajadora que cuente con medios de prueba suficientes que acrediten que enfermó en el trabajo podrá interponer una reclamación contra la misma, existiendo altas posibilidades de que los tribunales declaren la responsabilidad de la empresa por no haber implementado las medidas preventivas a las condiciones de trabajo de las que se deriva un riesgo grave e inminente.

¿Pueden las empresas sustituir a trabajadores que estén en cuarentena?

En tanto en cuanto que los trabajadores con la enfermedad están en situación de incapacidad temporal, es posible la sustitución a través de contrato temporal de interinidad, directamente o a través de ETT en el régimen general previsto para ello.

También es posible la externalización mediante la subcontratación con otras empresas, obviamente en este caso, con los límites que impone no incurrir en situaciones de cesión legal. En todos los casos, siempre que no exista restricción en cuanto a la actividad del centro de trabajo por razones sanitarias o de prevención de riesgos laborales.

¿Qué hacer al detectar un caso con síntomas de Covid-19 entre sus empleados?

En este supuesto debe proceder según las instrucciones del Ministerio de Sanidad y de la Consejería, con competencias en Sanidad, de la Comunidad Autónoma donde se haya detectado el caso.

¿En qué situación queda el trabajador al que le prescriban un periodo de cuarentena?

Según recoge el RDL 6/2020, el periodo de cuarentena de cualquier trabajador será contemplado como periodo de Incapacidad Temporal por Contingencia Profesional.

Si finalmente se concreta la enfermedad, ¿en qué situación queda el trabajador?

El trabajador estará protegido. Durante la duración de la enfermedad percibirá una prestación económica por contingencia profesional, aunque los cuidados y la responsabilidad sanitaria dependan de los Sistemas Públicos de Salud.

Si finalmente no se concreta la enfermedad, ¿en qué situación queda el trabajador?

El trabajador estará protegido el periodo de cuarentena. Si resulta que no desarrolla el Covid-19, deberá reincorporarse a su puesto de trabajo.

Fuente: eleconomista.es

Índice de Contenidos del Artículo

Categorías