Toda empresa tiene la obligación de legalizar los libros contables en el plazo de cuatro meses a contar desde el cierre del ejercicio contable que, de coincidir con el año natural (01/01/2017 al 31/12/2017), finaliza el próximo 30 de abril de 2018.
En el caso de que el ejercicio se corresponda con el año natural, es decir, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2017, el plazo para realizar la presentación finalizará el próximo 30 de abril de 2018.
Recapitulación de los aspectos más relevantes a tener en cuenta en la presentación de los libros contables
- Las sociedades mercantiles están obligadas a presentar los libros de actas, socios y contables, y sólo se pueden presentar en formato digital y presentarse en el Registro Mercantil telemáticamente, habiendo desaparecido la posibilidad de hacerlo en formato físico (papel).
- Es necesario revisar toda la documentación mercantil generada durante el ejercicio cerrado para verificar que se hayan incorporado las actas debidamente firmadas, como mínimo, por el presidente y el secretario.
- La legalización de los Libros de Socios o de Acciones solo será necesaria en el años en que se haya producido algún cambio en la titularidad de las participaciones/acciones o se hubieran constituido gravámenes sobre las mismas.
Si tienes alguna consulta sobre legalizar los libros de contabilidad de tu empresa, no dudes en contactar con nosotros.