Presentación de modelos 720 y 721: Plazo hasta el 31 de marzo de 2025

Modelo 720 y modelo 721

Si tienes bienes o derechos en el extranjero o monedas virtuales fuera de España, es importante que estés al tanto de tus obligaciones fiscales. El 31 de marzo de 2025 es la fecha límite para presentar los modelos 720 y 721, correspondientes al ejercicio 2024.

A continuación, te explicamos de forma clara quiénes deben presentar cada modelo y en qué casos es obligatorio volver a declararlos.

Modelo 720: Declaración de bienes y derechos en el extranjero

Este modelo deben presentarlo aquellas personas que, a 31 de diciembre de 2024, posean en el extranjero:

  • Cuentas bancarias (depósitos, cuentas corrientes, etc.).
  • Valores y fondos de inversión (acciones, bonos, seguros de vida, etc.).
  • Inmuebles situados fuera de España.

Límite para declarar: Si el valor total de cualquiera de estos grupos de bienes supera los 50.000 euros, se debe presentar el modelo 720.

¿Debo volver a presentarlo si ya lo hice en años anteriores?
Solo si se cumplen estas condiciones:

  • El valor de alguno de los grupos de bienes (cuentas, valores o inmuebles) ha aumentado en más de 20.000 euros desde la última declaración.
  • Has dejado de ser titular, cotitular o autorizado de alguno de los bienes que declaraste anteriormente.

Importante: Si solo ha habido cambios en uno de los grupos de bienes, solo debes declarar ese grupo. Por ejemplo, si en años anteriores declaraste inmuebles y cuentas bancarias, pero en 2024 solo han cambiado las cuentas, solo tendrás que informar sobre ellas (si el incremento es superior a 20.000 euros).

Modelo 721: Declaración de criptomonedas en el extranjero

Si posees monedas virtuales (criptomonedas) almacenadas en plataformas extranjeras, recuerda que también debes informar sobre ellas mediante el Modelo 721, cuyo plazo de presentación finaliza el 31 de marzo de 2025.

Este modelo es de reciente implantación, por lo que es importante estar atento a su normativa y requisitos específicos.

Conclusión

Si tienes bienes o derechos en el extranjero, o posees criptomonedas fuera de España, asegúrate de cumplir con esta obligación fiscal antes del 31 de marzo de 2025 para evitar sanciones.

Si tienes dudas sobre tu caso o necesitas ayuda para completar la declaración, nuestro despacho profesional está a tu disposición para asesorarte y garantizar que presentas correctamente estos modelos. Contáctanos para más información.

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