Prórroga de Autorizaciones de Estancia y Residencia y/o Trabajo de los extranjeros – Covid 19

Renovacion permiso de residencia

Desde que se proclamara el Estado de Alarma, ha existido mucha confusión acerca de si las tarjetas de residencia de los extranjeros residentes en España, cuya caducidad coincidía con el periodo del estado de alarma, se prorrogaban automáticamente o no.

De hecho, al no existir una norma que de forma expresa tratara el tema (como existió desde el inicio con la prórroga de los DNIs), cabía interpretar que seguía existiendo la obligación de renovar en plazo las autorizaciones de residencia y/o trabajo de los extranjeros en España.

Las tarjetas de Residencia quedan automáticamente prorrogadas

Según la Orden SND/421/2020, de 18 de mayo, publicada y con efectos el 20 de mayo, ya queda claro, no solo que se han quedado suspendido los plazos de vencimientos de dichas tarjetas de residencia, sino también que éstas quedan automáticamente prorrogadas. Por lo tanto, si una tarjeta de residencia caduca durante el estado de alarma, puesto que se aplicara la prórroga automática por los días establecidos en la Orden mencionada, se podrá presentar la renovación posteriormente.

Aun así, se puede predecir que, finalizado el estado de alarma, habrá una importante saturación de expedientes en la oficina de Extranjería. Teniendo en cuenta que la posibilidad de presentación de prorrogas sigue existiendo, puesto que se realiza via telemática y que la oficina sigue trabajando (aunque no ateniendo citas presenciales), es más que recomendable presentar las renovaciones en plazo.

De hecho, se ha constatado una mayor celeridad en la resolución de solicitudes de prórrogas por parte de la oficina de Extranjería durante el estado de alarma. Parece ser que trabajar a puerta cerrada, lo que supone un ahorro de tiempo al no atender al público, ha supuesto una mayor agilización del trabajo de los funcionarios de extranjería.

Plazos de Renovación

Recordemos que los plazos para presentar renovaciones de permisos de residencia y/o trabajo, son, en la mayoría de los casos, sesenta días previos a la caducidad de la tarjeta y dentro de los noventa días posteriores al vencimiento de la misma. En caso de renovación de residencia de familiar de comunitario, entre los treinta días previos a la caducidad de la tarjeta y los noventa días posteriores.

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Desde LAVER os podemos asistir con la presentación telemática de cualquier renovación de residencia.

 

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