¿Tiene la empresa obligación de dar lote o cesta de navidad a los trabajadores?

Muchas son las empresas que a vistas de los días de Navidad se plantean el dar o no “este año” cesta de Navidad a sus empleados, muchas porque es tradición darla y, otras, porque se plantean el empezar a hacerlo.

Repercusiones de retirar un beneficio de los trabajadores

Al respecto cabe decir que antes de otorgar o retirar cualquier beneficio “extra” a los trabajadores como parte de su retribución, cabe tener en cuenta las posibles repercusiones que ello puede tener a futuro, en el sentido de, bien estar creando unilateralmente una obligación para la empresa a favor de sus empleados, o bien estar dando pie a una reclamación por incumplimiento de contrato o modificación sustancial de condiciones de trabajo.

En este contexto, concretamente, el de considerar o no condición más beneficiosa el dar lote de navidad a los trabajadores, no podemos obviar la reciente sentencia del Tribunal Supremo del pasado 21 de abril de 2016, en la que el hecho de recibir cada año cesta de Navidad se consideraba como un derecho adquirido de los trabajadores. Esto significa que si la empresa decide  no dar lote de navidad un año, está incumpliendo lo pactado en el contrato de trabajo, según lo dispuesto en el artículo 3.1.c) del vigente Estatuto de los Trabajadores.

¿Qué hace que algo se convierta en un derecho adquirido de los trabajadores?

La jurisprudencia viene entendiendo que para que algo se convierta es un derecho adquirido por los trabajadores obligando a las empresas a mantenerlo, aunque su situación económica empeore, debe suceder lo siguiente:

  • Por un lado, debe existir una voluntad inequívoca de concesión por parte de la empresa, es decir, que se exige una conducta activa de la empresa de querer dar, en este caso, cesta de Navidad a sus trabajadores, o lo que es lo mismo, de querer otorgar ese derecho a los empleados.
  • Por otro, debe consolidarse la citada condición más beneficiosa, esto es, deben darse las notas de perdurabilidad, persistencia y repetición del tiempo de disfrute.

La cesta de Navidad, un beneficio que se puede convertir en derecho

En base a lo anterior, la empresa deberá tener presente que, dar la cesta de Navidad a los trabajadores puede suponer la creación de un derecho adquirido para la plantilla, que de ningún modo podrá luego revertir por haberse incorporado al nexo contractual, ello salvo se compense o neutralice por normal legal o colectivo posterior. Y, al contrario, cuidado con la decisión unilateral de la empresa de retirar el lote de navidad u otro beneficio otorgado a los trabajadores, pues salvo exista justificación suficiente para ello (por ejemplo, por causas económicas) o medie pacto con los trabajadores, puede enfrentarse a reclamaciones por incumplimiento de contrato, sometido no solo a la legislación laboral, sino también a la civil.

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